Cotización del contrato de formación
Recordamos que este contrato tiene derecho a la aplicación de una reducción del 100% de los seguros sociales (o del 75% cuando se trata de empresas con más de 250 trabajadores). Solo tendrán que abonar estas contingencias aquellas empresas cuyo contrato no cumpla los requisitos para beneficiarse de la reducción, que son:
1. El trabajador tiene que estar desempleado e inscrito en la oficina de empleo.
2. La contratación no puede realizarse a parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el 2º grado inclusive, del empresario. No será de aplicación esta exclusión cuando el empleador sea autónomo que contrate a su hijo, o cuando se trate de un trabajador autónomo sin asalariados que contrate a un solo familiar, que no conviva con él.
3. El trabajador contratado no puede haber estado vinculado a la empresa en los 24 meses anteriores mediante un contrato indefinido o en los últimos 6 meses mediante un contrato temporal.
4. El trabajador contratado no puede haber finalizado un contrato indefinido en los 3 meses anteriores a la contratación en cualquier empresa, salvo que haya sufrido un despido improcedente o colectivo.
5. La empresa debe estar al corriente de sus deudas con Hacienda y la Seguridad social.
Cuantía de las diferentes contingencias que corresponde a la cotización del contrato de formación y aprendizaje en 2017.
Concepto | Empresa | Trabajador | Total |
Por contingencias comunes | 33,46 € | 6,67 € | 40,13 € |
Contingencias profesionales IT | 4,60 € | – | 4,60 € |
Fondo de Garantía Salarial | 2,54 € | – | 2,54 € |
Formación Profesional | 1,23 € | 0,16 € | 1,39 € |
Desempleo | 45,40 € | 12,80 € | 58,20 € |
Total | 87,23 € | 19,63 € | 106,86 € |